Nacionales | 26 nov 2024
Política | Argentina
El Gobierno reglamentó la Ley de Boleta Única de Papel
El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, a través del Decreto 1049/2024, la reglamentación de la Ley N° 27.781, que implementa el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) en las elecciones nacionales.
El decreto establece que la Boleta Única de Papel, al reunir toda la oferta electoral en un único instrumento provisto por la autoridad electoral, representa un “cambio de paradigma en materia electoral” que fortalece la transparencia y la confianza en los comicios.
“Este avance refuerza la institucionalidad democrática de la República Argentina”, señala el texto.
Antecedentes y promulgación de la ley
El presidente Javier Milei promulgó la Ley N° 27.781 el pasado 18 de octubre, tras ser sancionada por el Congreso. La normativa modifica el Código Electoral Nacional, incorporando el uso de la Boleta Única en las elecciones primarias, generales y del Parlamento del Mercosur.
Aspectos técnicos y diseño de las boletas
La reglamentación detalla elementos clave para el diseño y contenido de las boletas:
- Las boletas tendrán un ancho de 25,98 cm para hasta diez listas y de 66,62 cm para más de veinte listas.
- Contarán con un espacio destinado a la firma del presidente de mesa, junto con la identificación del tipo y fecha de la elección.
- Se prohíbe la inclusión de datos que puedan permitir la individualización de las boletas, reforzando su seguridad.
Implementación del sistema
El decreto habilita el inicio de procesos licitatorios para garantizar una transición ordenada hacia el nuevo sistema, cuya vigencia será efectiva desde el día posterior a su publicación en el Boletín Oficial. Además, se prevén planes para capacitar y adaptar a los actores del proceso electoral a esta importante reforma.