Una de las costumbres más arraigadas y, a la vez, peligrosas entre los conductores del distrito empieza a quedar en el pasado de forma obligatoria. La Municipalidad de Necochea informó de manera oficial que comenzó a implementarse la Ordenanza Nº 11712/24, una normativa que prohíbe taxativamente girar a la izquierda en avenidas de doble mano, abarcando a varios de los puntos más neurálgicos y transitados tanto de Necochea como de Quequén.
Según detalla la nueva legislación, la única excepción para poder realizar este movimiento será en aquellos sectores específicos donde exista un semáforo coordinado o una dársena de giro especialmente construida y habilitada para resguardar la maniobra.
La medida es impulsada de forma directa por el Observatorio Vial Municipal y se plantea bajo un objetivo primordial: mejorar los índices de seguridad vial en el distrito, reducir la tasa de siniestros de tránsito en los cruces y agilizar la fluidez de la circulación diaria. Desde el área técnica explicaron que, aunque para muchos automovilistas se trata de un hábito cotidiano, evitar el giro a la izquierda reduce drásticamente las situaciones de riesgo y reordena los flujos en avenidas de alta densidad vehicular.
Ante el cambio de esquema, las autoridades viales brindaron recomendaciones claras para evitar infracciones y situaciones de peligro. Se aconseja a los conductores continuar la marcha hasta la esquina siguiente para dar la vuelta a la manzana, o bien buscar una calle lateral permitida previamente para retomar el recorrido deseado de manera segura.
En paralelo, para asegurar que la comunidad esté debidamente informada, el equipo de Señalización Vial —dependiente del Observatorio— ya se encuentra trabajando en la vía pública con la colocación de nueva cartelería indicativa. Estos carteles se están distribuyendo en los distintos puntos críticos del distrito para alertar a vecinos y visitantes sobre las restricciones que ya entraron en vigencia.
La normativa afecta de forma estricta a los siguientes tramos y arterias del ejido urbano:
Avenida 10: desde calle 59 hasta calle 91.
Avenida 42: desde Avenida Jesuita Cardiel hasta calle 91.
Avenida 74: en el tramo comprendido entre la Ruta Nacional 86 y la Avenida 75.
Avenida 98: entre la Avenida 59 y la calle 83.
Avenida 43: entre la calle 58 y la Avenida 74.
Avenida 75: desde la Avenida 2 hasta la Avenida 74.
Avenida 91: en el sector comprendido entre la Avenida 10 y la calle 58.
Avenida 554: desde el Puente Dardo Rocha hasta la Avenida Almirante Brown.
Avenida Benedicto Campos: prohibido en toda su extensión.
Avenida 578: en todo su tramo asfaltado, desde la calle 541 hasta la calle 573.