Como resultado, queda sin efecto la posibilidad de registrar nuevas Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) bajo los beneficios de esa normativa.
A partir de este momento, los exportadores deberán volver al régimen anterior al decreto. El organismo señaló que el cumplimiento del cupo de liquidación de divisas implica el cierre de esta etapa, y que el sector debe adecuarse nuevamente al esquema habitual para las DJVE.