![Mercados en Tensión: Dólar Blue en Alza y Bonos en Caída](./uploads/noticias/3/2024/07/20240703101539_bolsa.jpg)
![Mercados en Tensión: Dólar Blue en Alza y Bonos en Caída](./uploads/noticias/4/2024/07/20240703101539_bolsa.jpg)
El nuevo vencimiento fijado es el 30 de septiembre, aplicable a los trabajadores cuyos ingresos brutos durante el periodo fiscal 2023 sean iguales o superiores a $15.917.863,58. Esta extensión se suma a la adecuación de los vencimientos generales prorrogados mediante la Resolución General N° 5516/2024 y a la extensión otorgada por la Resolución General N° 5519/2024 para la presentación del SiRADIG.
La AFIP ha decidido modificar los vencimientos programados debido a las nuevas condiciones establecidas en el Paquete Fiscal, sancionado recientemente por el Congreso. Estas previsiones afectan la liquidación del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2023.
La normativa también introduce cambios en la presentación de la declaración jurada informativa de bienes, ingresos, gastos y deducciones, especialmente para los contribuyentes que informen rentas obtenidas por el alquiler de inmuebles. Los empleados que deban informar la deducción por alquileres de 2023 tienen tiempo hasta el 15 de julio para que los empleadores puedan considerarla en la liquidación anual.
Para aplicar la deducción del importe del alquiler correspondiente al período fiscal 2023, los sujetos pasibles de retención deben informar el importe mediante el formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”. El agente de retención considerará esta deducción en la liquidación anual, incluyéndola en el ítem “Otras Deducciones” del Formulario F. 1357.
Con estas medidas, la AFIP busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y ajustar las normativas a las nuevas condiciones económicas del país.