domingo 30 de junio de 2024 - Edición Nº2034

Nacionales | 28 jun 2024

Política | Sociedad

Gobierno Libera Tarifas de Internet, Celulares y Cable: Empresas Podrán Fijar Precios Sin Restricciones

A partir de ahora, las subas serán libremente fijadas por las compañías proveedoras.


El Ente Nacional de Telecomunicaciones (Enacom) ha eliminado todas las regulaciones que limitaban las tarifas de Internet, celulares y cable. La decisión, adoptada por el ente actualmente intervenido, anula las disposiciones de la gestión anterior bajo Claudio Ambrosini, que establecían límites a los aumentos de hasta el 5% y 10% mensual, al declarar los servicios de telecomunicaciones e Internet (TIC) como “esenciales”.

Los interventores Juan Martín Ozores (consultor y exempleado de Movistar), Patricia Roldán (abogada con 30 años de carrera en organismos estatales) y Alejandro Pereyra (exdirector del organismo durante la gestión macrista), tomaron esta decisión. Roldán y Pereyra actúan como interventores adjuntos. La Resolución 13/2024 del Gobierno derogó varias resoluciones previas, entre ellas:

  • Enacom N° 1.466/2020
  • N° 27/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N° 170/2021)
  • N° 28/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N° 163/2021)
  • N° 203/2021
  • N° 204/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N° 588/2021)
  • N° 862/2021
  • N° 2.187/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N° 275/2022)
  • N° 725/2022 (ratificada por Resolución ENACOM N° 1.174/2022)
  • Nº 1.754/2022
  • N° 2.393/2022
  • N° 2.494/2022 (ratificada por Resolución ENACOM N° 409/2023)
  • N° 557/2023
  • N° 323/2021

Esta decisión se enmarca en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 302/2024, que anuló el DNU 690/2020. Este último había declarado a los servicios TIC como “servicios públicos esenciales y estratégicos”, otorgando al Enacom la facultad de regular sus tarifas.

Con la nueva disposición, las empresas de telecomunicaciones recuperan la capacidad de fijar libremente sus precios. El organismo regulador justifica esta medida como necesaria para "salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia".

La resolución, firmada por la intervención del Enacom, entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Según la Procuración del Tesoro de la Nación, “el cambio de ordenamiento jurídico hace que deje de ser válido sin quedar totalmente extinguido”. Por eso fue necesario emitir otra resolución “que pronuncie su extinción, sea por la administración o por la Justicia”.

El documento explica que, tal como surge del DNU N° 302/2024, “los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus precios libremente”. Además, señala que “el DNU N° 690/2020 establece una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados”.

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