martes 13 de enero de 2026 - Edición Nº2596

Nacionales | 13 ene 2026

Transporte

Cambio en micros de larga distancia: las empresas podrán elegir cómo identificar valijas

El Gobierno liberó el sistema de control de equipajes y encomiendas en el transporte de pasajeros: ahora cada empresa decidiría el modo de individualizar las valijas o paquetes con el pasajero propietario. También presentó novedades en el traslado de mascotas.


El Gobierno nacional aprobó la creación del Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas en los micros de larga distancia, dejando en manos de las empresas el modo de individualizar las valijas o paquetes con el pasajero propietario.

La medida dispuesta por Resolución 4/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, elimina la obligación de las empresas de transporte de larga distancia de utilizar etiquetas y fajas físicas con diseños predeterminados por el Estado, permitiéndoles elegir libremente los dispositivos documentales y/o tecnológicos para identificar valijas y bultos.

Entre las opciones permitidas se encuentran:

- Código impreso directamente en el pasaje.
- Código QR o electrónico asociado.
- Registro digital integrado en el sistema de ticketing de la empresa.
- Etiqueta impresa por la propia transportista.
- Cualquier otro mecanismo y/o dispositivo que asegure la trazabilidad entre el pasajero y su bulto.

Desde la Secretaría de Transporte aclararon que estos sistemas deben garantizar la seguridad, la inviolabilidad y la vinculación inequívoca entre el equipaje y el pasajero. Además, los sistemas elegidos deben ser compatibles y armonizados con los dispositivos utilizados en la región y en servicios internacionales de países limítrofes.

Los transportistas están obligados a mantener un sistema de conservación y rendición de datos para facilitar los reclamos de los usuarios y la entrega de comprobantes de despacho. En caso de pérdida o deterioro, se mantienen vigentes las indemnizaciones fijadas por la Resolución 47/1995.

Por otro lado, el nuevo régimen establece que aquel equipaje que no cuente con un dispositivo de seguridad identificado no podrá ser ingresado a la unidad de transporte. En estos casos, el pasajero perderá el derecho a cualquier tipo de compensación.

La normativa se encuadra en los lineamientos del Decreto 70/2023, que busca eliminar restricciones normativas que "distorsionen los precios de mercado" e impidan la "libre iniciativa privada".

A pesar de la desregulación en la manera de identificar el equipaje, el Estado mantendrá la vigilancia sobre el procedimiento. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) seguirá siendo el órgano encargado de fiscalizar y controlar. 

La medida aplica a servicios públicos de transporte interjurisdiccional, tráfico libre, servicios ejecutivos, turismo nacional e internacional y entrará en vigor dentro de 60 días, otorgando a las empresas un plazo de transición para adaptar sus sistemas.

También animales

La medida se suma a lo dispuesto por Transporte en diciembre, cuando por medio de la resolución 2076/2025 habilitó el traslado de animales domésticos en micros y trenes de larga distancia, con el propósito de "modernizar la normativa vigente, adecuar a las necesidades actuales del sector y el derecho de las personas a viajar con sus mascotas".

La medida dispuso que toda persona mayor de edad tiene la posibilidad de viajar solo con un animal doméstico, que deberá viajar en un contenedor o transportador adecuado que asegure su salubridad y protección.

El pasajero debe exhibir la constancia de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación requerida por la normativa aplicable que debe ser portada durante todo el viaje y es responsable de la custodia, salud y seguridad de su mascota y de garantizar que no cause molestias a otros pasajeros.

Los perros guías o de asistencia de personas con discapacidad están exceptuados de la normativa por contar con un régimen específico.

(Con información de Noticias Argentinas y BAE)

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