martes 11 de noviembre de 2025 - Edición Nº2533

Nacionales | 11 nov 2025

Educación

Desregulación en educación: Colegios privados ya no necestian fijar cuotas y matrícula

El Gobierno Nacional oficializó la derogación de la norma que regulaba los aranceles de los colegios privados durante más de 30 años.


Mediante el Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, las instituciones educativas de gestión privada quedan eximidas de informar con anticipación los valores de cuotas y matrícula y ya no necesitarán contar con el aval del Estado para fijarlos.

Alcance de la Derogación

Se derogó específicamente el Decreto 2417/1993, que imponía las siguientes obligaciones:

  • Notificación Anticipada: Obligaba a las instituciones a notificar a las familias y a las autoridades nacionales el importe de matrícula y cuotas antes del 31 de octubre de cada año (plazo que recientemente se había extendido hasta el 15 de noviembre).

  • Acuerdo con Padres: Exigía el acuerdo de padres o tutores respecto a los nuevos aranceles, y si no había entendimiento, se mantenían los valores vigentes.

Argumentos del Gobierno para la Desregulación

El Ejecutivo argumentó que la normativa eliminada generaba efectos contraproducentes y estaba desactualizada:

  • Limitación y Viabilidad Económica: La norma presentaba "limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos [...] a las realidades educativas y económicas del país".

  • Contexto Normativo Antiguo: El decreto de 1993 fue dictado cuando la administración de la educación estaba bajo la órbita nacional, una situación que cambió con la transferencia de esta competencia a las provincias (Principio Federal).

  • Incertidumbre y Precios Altos: El Gobierno sostuvo que la obligación de pedir autorización previa obligaba a los institutos a fijar "cuotas más elevadas de lo necesario por temor" a costos no cubiertos, lo que perjudicaba a las familias.

  • Precarización Educativa: El carácter fijo de las tarifas podía llevar a una precarización, ya que los establecimientos no podían responder a las variaciones en los costos (salarios, insumos).

  • Defensa de Derechos: Se argumentó que el control constreñía el derecho de propiedad de las entidades privadas a fijar sus condiciones de contratación, y que el principio de libre contratación debe ser resguardado en el marco de una "competencia leal y en función de las demandas del mercado".

Con esta medida, la administración de Javier Milei busca otorgar mayor libertad de gestión y adaptación económica a los establecimientos privados.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias