

La decisión judicial responde a una acción de amparo interpuesta por una familia, cuyas iniciales son O.G.J. y D.R.N. El magistrado dispuso "hacer lugar parcialmente a la acción de amparo", lo que tiene efectos directos sobre las prestaciones que reciben dos menores de edad involucrados en la causa (B.N. e Y.N.).
El fallo ordena que la obra social de estos menores adecúe sus prestaciones de acuerdo con lo que establecía la ley de emergencia, ahora restituida para ellos. Además, el juez impuso que los costos del proceso judicial queden a cargo del Estado Nacional.
Este fallo representa la primera resolución judicial que anula los efectos del veto presidencial en materia de discapacidad. Aunque el Gobierno tiene la posibilidad de apelar la medida, esta sentencia abre una importante puerta para que se presenten recursos de amparo similares en otros juzgados del país, generando expectativas en la comunidad de personas con discapacidad y sus familias.